S RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. • DECLARAR. IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por la señora Lilia Encamación GAMARRA DE VELARDE, contra la Resolución Directora! Regional Nº 0143·2023· OREA, de fecha 1_ 6 de febrero del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE, en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada a la vía administrativa conforme establece el Articulo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTICULO SEGUNDO.· DEVOLVER. los actuados a la Entidad de origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en Archivo. como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO. • NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurimac, a la interesada, e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurimac, que corresponde, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. • PUBLIQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional: www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.