SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Liquidación Técnico – Financiero de la IOARR denominada : «ADQUISICIÓN DE CUNA DE CALOR RADIANTE, INCUBADORA ESTÁNDAR DE TRANSPORTE Y FOTÓMETROS; EN EL (LA) EESS URIPA -ANCO-HUALLO EN LA, LOCALIDAD DE URIPA, DISTRITO DE ANCO HUALLO, PROVINCIA DE CHINCHEROS,
DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unico de Inversiones Nº2438044, bajo la modalidad de ejecución directa, cuya liquidación asciende al costo real de S/ 81,186.24(Ochenta y Un Mil Ciento Ochenta y Seis con 24/100 soles),correspondiente a la Ejecución Presupuesta! de los Años Fiscales: 2019 y 2020, según Correlativo de Meta Nº 0277-2019y Correlativo de Meta N’ 0158-2020; en mérito al Informe N’ 441-2023-GRAPURIMAC/06/GG/ORLTPI/EOLL de fecha 12/12/2023,Informe N’ 023-023.GRAPURIMAC./06/GG/DRSLTPUCSEB-JAQM/PEEP-SSAE, de fecha 30/11/2023 e Informe Nº 030-2023-GRAP/06/0RSL TP/LF-JJV, de fecha 27/11/2023; para efectos de proceder con la Transferencia a la entidad del Sector Público, encargada de su operación y mantenimiento y el cierre de banco de inversiones; ello en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del personal profesional de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencias de Proyectos de Inversión; y, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR, a la Dirección Ronal de Administración del Gobierno Regional de APURÍMAC,para que, a través de sus órganos competentes contables, realice las Rebajas contables y Reclasificación que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnico • financiero de la IOARR en mención, los saldos de la Sub Cuenta 1: 1503.05 VEHICULOS, MAQUINARIAS Y OTRAS UNIDADES POR DISTRIBUIR POR SER BIEN DURADERO, y para su Transferencia a la entidad del sector público de bienes muebles con la Sub Cuenta: 1503.0501- PARA UNIDADES EJECUTORAS DEL MISMO PLIEGO, acorde al Balance del Año Fiscal del 2023 por la suma de S/80,800.00 soles, debiendo implementarse las conclusiones y recomendaciones determinadas en la liquidación técnico
– financiero.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería), en cumplimiento de sus funciones y competencias, implementen las observaciones y recomendaciones, bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera (informes técnicos· financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los intereses de la entidad.
ARTÍCULO QUINTO: DISPONER, a la UEI (Gerencia Regional de Infraestructura) registre el cierre de las inversiones mediante formato Nº 09 registro de cierre de inversiones::;_una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia, los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los
actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO SÉTIMO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Trans arencia y Acceso a la Información Pública.
RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL N° 011-2023-GR.APURIMAC/06/GG/ORSLTPI
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diciembre 28th, 2023
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RESOLUCION JEFATURAL REGIONAL N° 011-2023-GR.APURIMAC/06/GG/ORSLTPI | |
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