RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 457-2023-GR-APURIMAC/GG

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diciembre 21st, 2023
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 457-2023-GR-APURIMAC/GG
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 09 (Sentencia) de fecha 22 de julio de 2022, la Resolución Nº 13 (Sentencia de Vista) de fecha 1 de abril de 2023 y la Resolución Nº 15 (Auto de Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 11 de agosto de 2023; del Expediente Judicial O 00362-2022-0-0301-JR-LA-01, interpuesto por BENEDICTO SALAZAR AMESQUITA, en contra de la Dirección Regional de Educación de Apurimac, el Gobierno Regional de Apurimac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia, se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución Gerencial General Regional
Nº 728-2021-GR-APURIMAC/GG de fecha 30 de diciembre de 2021; 2) Improcedente la demanda respecto de la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 1338-2021-DREA, de fecha 16 de noviembre de 2021.
ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA EN PARTE, el Recurso de Apelación interpuesta por BENEDICTO SALAZAR AMESQUITA, en contra de la Resolución Directora( Regional Nº 1338-2021- DREA, de fecha 16 de noviembre del 2021; RECONOCIENDO, el pago de los devengados o reintegros de la Bonificación Especial mensual por preparación de clases y evaluación, en base al 30% de su remuneración total (total o integra) y no en base a la remuneración total permanente, desde la fecha en que dicha bonificación es exigible para el demandante. esto es, desde la vigencia de la Ley Nº 25212, que modifica la Ley del Profesorado (21 de mayo de 1990) hasta la fecha de su cese (01 de agosto de 1993), con la sola deducción de lo que se le ha venido pagando por este concepto, más el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurimac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin. EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.
ARTICULO TERCERO.- REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurimac. por corresponder para su conocimiento y cumplimiento. ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurimac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO. · DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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