RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°291-2023-GR-APURIMAC-DR.ADM

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diciembre 11th, 2023
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°291-2023-GR-APURIMAC-DR.ADM
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, LA PRESTACION ADICIONAL al Contrato Directoral Regional Nº245-2023-GR-APURIMAC/DRA de fecha 03/03/2023, que tiene por objeto la
Adquisición de Concreto Premezclado para el proyecto: Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua del Sistema de Riego de Ancatira Distrito de San Jerónimo Andahuaylas Apurímac», por el monto SI 236,481.934 (Doscientos Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta y Uno con 93/100 Soles), lo que equivale al 24.48 % aproximado del monto del contrato original, porcentaje que se encuentra dentro del límite permitido por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la empresa FABRI BEETS S.A.C. amplíe de forma proporcional la garantía para la ejecución de la presente prestación adicional, de conformidad con el numeral 157.3 del articulo 157 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, aplicable al contrato.
ARTÍCULO TERCERO: SE DISPONE, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, realice las acciones necesarias fin de formalizar la adenda correspondiente al Contrato Directora! Regional Nº245-2023-GR-APURIMAC/DRA de fecha 03/03/2022, de acuerdo con la Prestación Adicional aprobada en el articulo precedente, manteniéndose inalterables las demás condiciones contractuales.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFIQUESE, mediante la Oficina de Abastecimientos Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución al FABRI BEETS S.A.C, a su correo electrónico
contractual, fabribeets(tilgmail.com, para su conocimiento y fines correspondientes conforme a ley.
ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFIQUESE, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, Al Coordinador del Proyecto Parcco Chinquillay, Oficina de Abastecimiento,
Patrimonio y Margesí de Bienes, y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley, que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

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