RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°279-2023-GR-APURIMAC-DR.ADM

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diciembre 11th, 2023
RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL N°279-2023-GR-APURIMAC-DR.ADM
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, la Reducción de Prestación al Contrato Directora! Regional N°346-2023-GR·APURIMAC/DRA, que deriva del Procedimiento de Selección Subasta Inversa Electrónica N° 107-2022-GRAP-2, cuyo objeto era la contratación de concreto premezclado, para el proyecto: ‘MeJoramiento Ampliación del Servicio de A ua del Sistema de Rie o en la Comunidad de Chamaccocha e1stnto ean erommo-n a uay as- punmac ,siento emonto e a reuccionastapor e monto eSI.131,599.44 (CientoTreinta un Mil,Quin
ientosNoventa y Nuevecon44/100 soles), incluidoIGV,conunporcentaje de incidencia de S/. 15.75 %, respecto al monto total del contrato original, y conforme se acredita ysustent
aen los informes técnicos,y opiniones técnicas favorables, así como por los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO: DISPONER, que el área usuaria del Contrato Directora!Regional Nº346-2023 GRAPURIMAC/DRA,implementen las acciones administrativas y contractuales necesarias,a fin de establecer el nuevo monto del contrato,luego de haberse aprobado la reducción de prestaciones establecida en la presente resolución;
ARTICULO TERCERO:NOTIFICAR,en el dia,la presente resolución al Contratista Sr. Condori Huamani GomerAbilio,en su dirección sito en Av.Santa Cruz Nº 380-Andahuaylas,
Región Apurimac,y al correo eletrónico consqnadoen sucontrato: Gachmail.com;asimismo, al Coordinador de Obras de Riego-Parece Chinquillay,de la Gerencia Regional dé
Infraestructura para su conocimiento,cumplimiento y fines que se estimen por conveniente.
ARTICULO CUARTO: ESTABLECER, que el Contratista Sr. Condori Huamani Gomer Abilio,puede solicitar la reducción de la Garantía por el monto reducido en la presente Resolución,según lo establecido en el  ltimo párrafo del numeral 157 3 del artículo 157ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
ARTICULO QUINTO:EXHORTAR y recomendar,al área usuaria del contrato de adquisición y ejecución de obra, así como a los profesionales técnicos asignados a la obra,mayor diligencia en las acciones de control técnico de la ejecucion de la obra,y celeridad en el trámite administrativo que aprueba las modificaciones al contrato, bajo responsabilidad
ARTÍCULO SEXTO:PRECISAR, que la presente resolución no implica con validación de los actos o acciones realizados o por realizar seque no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia,el área Usuaria y las áreas técnicas encargadas del control y administración de los contratos,deberán cautelar la observancia del marco legal y las acciones por implementar.
ARTICULO SÉPTIMO: SE DISPONE,la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe.,de conformidad y
en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información publica.
ARTICULO OCTAVO:NOTIFICAR,la presente resolución a la Gerencia General Regional; Gerencia Regional de Infraestructura; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del GobiernoRegional deApurimac,para suconocmíenío y acciones de ley que ameriten por corresponder, ba¡o responsabilidad.

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