SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.·Declarar PROCEDENTE la solicitud de Ampliación de Plazo, por el periodo por 18 días calendario (Tercer Entregarle ), en referencia al Contrato Directora! Regional Nº 995-2023-GR APURIMAC/DRA, peticionado por la contratista INVERSIONES E INGENIEROS SANTA ANA S.C.R.L, en fecha 31/10/2023 mediante CARTA Nº077-2023-II SASRUEPNG, con registro con SIGE: 029245-2023, de conformidad a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus
modificatorias, y bajo los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO. – NOTIFICAR EN EL DIA, mediante la Oficina de Abastecimiento Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución en el SEACE, conforme dispone el numeral 158.3 del artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para su conocimiento y fines de ley, sin perjuicio de notificar la presente resolución a la Contratista EDGAR PONCE NIÑO DE GUZMAN, a su correo electrónico contractual: eponceng@gmail.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTICULO TERCERO.-DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a los prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.
ARTICULO CUARTO. -NOTIFICAR, la presente Resolución a la Gerencia Regional de infraestructura, al Coordinador del Proyectos Parcco Chinquillay, Oficina de Abastecimiento Patrimonio y Margesí de Bienes, demás órganos administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su cumplimiento y fines de Ley.