RESOLUCION DIRECTORAL N°215-2023-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHyE.

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noviembre 17th, 2023
RESOLUCION DIRECTORAL N°215-2023-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHyE.
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESE CUMPLIMIENTO, a la Resolución N’ 037-2022-CNCV notificado por el Consejo Nacional de Calificación de Victimas de Accidentes, Terrorismo o Narcotráfico al Gobierno Regional de Apurimac, conforme a Ley.
ARTICULO SEGUNDO. – OTORGAR, Indemnización excepcional en forma compartida por el importe de pago único de Si 3 780.00 (TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES), por el fallecimiento de Don Tercio Socipater Pillaca Quispe, Asistente Técnico de Campo Zona I de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente del Gobierno Regional de Apurimac a favor de sus beneficiarios JUAN DE DIOS PILLACA LLOCCLLA y ELISA QUISPE DE PILLACA, en merito a lo resuelto en la Resolución Nº037-2022- CNCV, con afectación a la fuente de financiamiento y cadena presupuestal respectiva, Especifica de Gasto; 2.5.5.2.1 3 «INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTES DE TRABAJO O VICTIMAS DE TERRORISMO’.
ARTICULO TERCERO. • OTORGAR, el derecho de pensión de Sobrevivientes por ascendencia, bajo los alcances del Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, por el fallecimiento del servidor Don Tercio Socipater Pillaca Quispe, a favor de sus señores padres correspondiente el 50% a Don JUAN DE DIOS PILLACA LLOCCLLA equivalente a S/950.00 (Novecientos cincuenta con 00/100 soles) y el 50% restante a Doña ELISA QUISPE DE PILLACA equivalente a S/ 950.00 (Novecientos cincuenta con 00/100 soles), que regirá con
retroactividad a partir del 20 de diciembre de 2018, de acuerdo al cálculo realizado por el Área de Remuneraciones en anexo 1 y anexo 2.
ARTICULO CUARTO.-ESTABLECER, que el cumplimiento de pago por concepto de Indemnización excepcional y pensión de sobrevivientes por ascendencia reconocidos en el artículo segundo y tercero del presente acto Resolutivo, está sujeto a la disponibilidad presupuestal respectiva en observancia a la normativa vigente.
ARTÍCULO QUINTO.- PONER, de conocimiento a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento territorial de Gobierno Regional de Apurímac, con su dependencia la Sub Gerencia de Presupuesto, a efectos de adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución, asimismo al Área de Remuneraciones.
ARTÍCULO SEXTO. • NOTIFICAR, la presente Resolución al Señor JUAN DE DIOS PILLACA LLOCCLLA y a la Señora ELISA QUISPE DE PI LLACA en su domicilio real Centro Poblado de Totorabamba, Distrito de Aneo Huallo, Provincia de Chincheros, Departamento de Apurimac, y a las instancias administrativas del Gobierno Regional de Apurimac para su conocimiento y fines.
ARTICULO SÉPTIMO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónica del Gobierno Regional de Apurimac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.

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