RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 042-2023-GR.APURIMAC/GRI

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octubre 24th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 042-2023-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la MODIFICACIÓN del Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública: «CREACIÓN DEL PUENTE Y ACCESO EN EL SECTOR DE SAUSIPAMPA Y NIÑO PAMPA DE LAS COMUNIDADES CAMPESINAS DE  PAIRACA Y CHUQUINGA, DISTRITO DE CHALHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», con Código Unificado Nº 2519897, con un plazo de.ejecución de 180 dias calendarios (06 meses), por la modalidad de Administración Directa, y un presupuesto actualizado de S/.4’869,901.21 (Cuatro Millones Ochocientos Sesenta y Nueve Mil Novecientos uno con 21/100 soles), cuyo sustento técnico se encuentra contenido en un folder de 120 folios, más 05 archivadores, con el siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO. – PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación de la MODIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO del proyecto con CUI N’ 2519897; es de carácter eminentemente técnico, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER, que la Unidad Ejecutora de Inversiones – (Gerencia Regional de Infraestructura) proceda con el Registro en el Aplicativo del Sistema del Banco de Inversiones Formato N’ 08-A o Formato N’ 08-C, conforme a norma.
ARTÍCULO QUINTO. – DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico modificado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos e informes de orden técnico, ello conforme a las normativas vigentes de la materia.
ARTÍCULO SEXTO. – NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones (ORFEI), Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, Coordinador de Proyecto encargado de la reformulación del expediente técnico del proyecto con CUI N’ 2519897 (lng. Henry Ebilton Tello Salas), y demás instancias competentes de la Entidad para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación.
ARTÍCULO SETIMO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

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