RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 040-2023-GR.APURIMAC/GRI

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octubre 24th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 040-2023-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN N’ 04 • CON INCREMENTO PRESUPUESTAL(EN VÍAS DE REGULARIZACIÓN) POR ACTUALIZACIÓN DE COSTOS Y DEDUCTIVOS DE EQUIPAMIENTO, de la IOARR denominada: «REMODELACIÓN DE AMBIENTE DE DISPENSACIÓN Y EXPENDIO, COBERTURA Y CIRCULACIÓN VEHICULAR Y/O ESTACIONAMIENTO; ADQUISICIÓN DE ASCENSOR; ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN EL (LA) MERCADO CENTRAL DE ABANCAY, DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», con Código Único de Inversión N’ 2516284; con un presupuesto Adicional de S/ 429,952.45 soles, siendo un presupuesto total actualizado S/. 8, 135,431.58 soles, para cumplir con el objetivo y finalidad del proyecto, en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, cuyo sustento técnico se encuentra contenido en I Tomo, conforme al siguiente detalle:[…]

ARTÍCULO SEGUNDO. – EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en merito a los Principios de Celeridad, Economía, Sencillez y Eficacia.
ARTÍCULO TERCERO. – REMITIR, copias de los actuados a la Secretaria técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurimac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiere lugar, por la demora en el trámite de la solicitud de ampliación presupuesta! y haber ejecutado sin
contar con actos resolutivos emitidos por la autoridad administrativa competente, conforme a la normativa vigente; sin perjuicio de EXHORTAR A LOS RESPONSA BLES DEL PROYECTO, QUE DE REINCIDIR EN LAS MISMAS ACCIONES CONTRARIAS A LA LEY SE PONDRÁ EN CONOCIMIENTO A LA OFICINA DE PROCURADURÍA PUBLICA DE LA
REGIÓN, PARA DETERMINAR LAS RESPONSABILIDADES CIVILES, PENALES Y ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDAN.

ARTICULO CUARTO.-DISPONER, que,la unidad ejecutora de Inversiones -(Gerencia Regional de Infraestructura) proceda con el registro en el aplicativo del sistema del banco de Inversiones format N°05-C, conforme a norma.

ARTICULO QUINTO.-DISPONER,que, efectuado los registros en el articulo precedente, la UEI debera de autorizar la ejecucion y acciones administrativas correspondiente ( por requerir mayor presupuesto) par efectos de cumplir con 04 el objetivo y finalidad del proyecto teniendo en cuenta el marco normativo del numeral 3.3.9.4. ejecución; de la Directiva N° 001-2022-GR.APURIMAC/GR.
ARTÍCULO SEXTO. – PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO SÉPTIMO.-. ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente Técnico es de  CARACTER EMINENTEMENTE TÉCNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento
ARTÍCULO OCTAVO. – DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 04, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás
instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO NOVENO. • NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y dependencias orgánicas competentes, Sub Gerencia de Obras, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención al Residente de
Obra: lng. Esteban Bustos Romero, Supervisor. de Obra: lng. Fredy Quispe Ferrel y demás dependencias competentes.para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO DECIMO. • DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurimac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

 

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