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SE RESUELVE:
ARTjCULO PRIMERO. -RECTIFICAR, el error material en lo que se incurrido en el Artículo primero de la Resolución Directoral Nº 139-2021-GR. APURIMAC/D.OF.RR. HH y E de fecha 14 de setiembre de 2021 a la denominación cargo /dependencia en lo que corresponde:
DICE:
ARTICULO PRIMERO. – REINCORPORAR a partir del 23 de agosto del 2021, en cumplimiento de la sentencia de fecha 17 de marzo de 2021, expedida por la Sala Mixta – Sede Central de Abancay, derivado del Exp. Nº 00024-2019-0-0301-JR-Cl-01, en el puesto y funciones, al personal del Gobierno Regional de Apurímac, Carmen Rosa Miranda Guizado, en la forma que a continuado se detalla:[…] DEBE DECIR:
ARTÍCULO PRIMERO. – REINCORPORAR a partir del 23 de agosto del 2021, en cumplimiento de la sentencia de fecha 17 de marzo de 2021, expedida por la Sala Mixta – Sede Central de Abancay, derivado del Exp. Nº 00024-2019-0-0301-JR-Cl-01, en el puesto y
funciones, al personal del Gobierno Regional de Apurimac, Carmen Rosa Miranda Guizado, en la forma que a continuación se detalla:[..] ARTICULO SEGUNDO. – DEJAR. subsistentes los demás extremos de la Resolución Directora! N’ 139-2022-GR.APURIMAC/D.OF.RR.HHyE, de fecha 14 de setiembre de 2021.
ARTICULO TERCERO. – NOTIFICAR, la presente Resolución a la administrada y a la instancia administrativa correspondiente para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO CUARTO. -DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública.