RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 023 -2023-GR.APURIMAC/GRI

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agosto 16th, 2023
RESOLUCION GERENCIAL REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA N° 023 -2023-GR.APURIMAC/GRI
Descripción:

SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECTIFICAR DE OFICIO, el error material que se ha incurrido en la Resolución Gerencial Regional de Infraestructura Nº 003-2023-GR.APURIMAC/GRI de fecha 21/04123, por la causal de error aritmético(calculo), únicamente dentro de los extremos advertidos en el Informe Nº 764-2023-GRAP/GRI/CP/HEAV de fecha 11/07/23, ello, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos, los mismos que deberán ser con efecto retroactivo a la fecha de su emisión tanto en la parte considerativa y resolutiva, acto que se efectuara de acuerdo a los siguientes términos:
DICE:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL
SERVICIO DE AGUA DE RIEGO – SISTEMA DE CONDUCCIÓN – SECTOR 04 EN LAS COMUNIDADES DE
CHULLCUISA Y SANTA ROSA, DISTRITO DE SAN JERÓNIMO – ANDAHUAYLAS APURIMAC», con Código
Único de Inversiones N° 2215017; recalcando que, la nueva fecha de término de plazo de ejecución es el 09/05/2023, ello con la finalidad de cumplir con las metas propuestas en el Proyecto, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalles:[…]             DEBE DECIR:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL
SERVICIO DE AGUA DE RIEGO – SISTEMA DE CONDUCCIÓN – SECTOR 04 EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA Y SANTA ROSA, DISTRITO DE SAN JERÓNIMO – ANDAHUAYLAS APURIMAC», con Código
Único de Inversiones N° 2215017; recalcando que, la nueva fecha de término de plazo de ejecución es el 31/05/2023, ello con la finalidad de cumplir con las metas propuestas en el Proyecto, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalles: […]            ARTÍCULO SEGUNDO: MANTENER, subsistentes los demás extremos de la Resolución Gerencial Regional de
Infraestructura N’ 003-2023-GR.APURIMAC/GRI de fecha 21/04/23.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, el contenido de la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,
www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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