ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Sexta Modificación ySéptimaVersión del Plan Anual de Contrataciones delSE RESUELVE:
Gobierno Regional de Apurimac, para el Ejercicio Fiscal del Año 2023 (Inclusión), conforme se detalla en el Anexo Nro. 01, que forma parte integrante de la presenteResolución, en mérito a los informestécnicos emitidos porlasinstancias administrativas ylosfundamentos expuestos
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes, publique la presente Resolución y su Anexo Nro. 01, en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE),dentro de los cinco(5) días hábiles siguientes a su aprobación, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
ARTICULO TERCERO.ENCARGAR, que la presente Resolucion y su Anexo Nro. 01, se encuentren en el Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes de la Entidad, a disponeos de los Interesados para su revision o adquisición al precio del costo de su reproducción.
.ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, la publicación de la presente Resolución y su Anexo Nro. 01, en el portal institucional del Gobierno Regional de Apurimac www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo establecido por Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: DETERMINAR, que la presente modificación al PAC, es de responsabilidad de la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes (OEC) y su Personal, por ser esta Dependencia quién ha elaborado, consolidado y emitido el informe técnico, que sustenta la presente modificación al PAC y el Anexo Nro.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Dirección Regional de Administración, Oficina de abastecimiento, Patrimonio y Margesi de Bienes (OEC), y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurimac, para su conocimiento, y fines de ley que amerite por corresponder.