HA APROBADO EL ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL SIGUIENTE:
ARTICULO PRIMERO.- FIJAR la Remuneración Mensual del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, en Cinco y Media (5.5) Unidades de Ingreso del Sector Público, fijada para el presente año dos mil veintitrés, que se otorgará a partir del primero de enero al treintaiuno de diciembre del año fiscal dos mil veintitrés.
ARTÍCULO SEGUNDO.- FIJAR la Remuneración Mensual del Vicegobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac en tres punto ocho (3.83) Unidades de Ingreso del Sector Público, fijada para el presente año 2023 que se otorgará a partir del primero de enero al treintaiuno de diciembre del año dos mil veintitrés.
ARTICULO TERCERO.- FIJAR la Dieta Mensual de los señores Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Apurimac en Treinta por Ciento (30%) de la Remuneración Mensual del Gobernador Regional montos que se otorgarán a partir del primero de enero al treintaiuno de diciembre del año dos mil veintitrés.
ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo del Consejo Regional a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de e Administración del Gobierno Regional Apurimac en los que les correspondan según sus competencias
ARTICULO QUINTO.-,PUBLICAR Y DIFUNDIR,el presente Acuerdo Regional de conformidad con el Articulo 42° de la Ley N°27867; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en el portal electrónica de la entidad.
POR TANTO:
Mando se Registre, Publique y Cumpla.
Dado en la ciudad de Abancay, sede central del Gobierno Regional de Apurímac, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.