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SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. · DECLARAR, IMPROCEDENTE el recurso administrativo de apelación interpuesto por la señora Florencia PARIONA VIUDA DE SOSA, contra la Resolución Directora! Regional Nº 00136-2023· DREA, de fecha 16 de febrero del 2023. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución CONFIRMESE en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa conforme señala el Artículo 218 de la Ley Nº 27 444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, concordante con el Articulo 228º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General.
ARTÍCULO SEGUNDO. · DEVOLVER, los actuados a la Entidad de Origen por corresponder, debiendo quedar copia de los mismos en archivo, como antecedente.
ARTÍCULO TERCERO. · NOTIFIQUESE, con el presente acto resolutivo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Educación de Apurímac. a la interesada e instancias pertinentes del Gobierno Regional de Apurímac, con las formalidades señaladas por Ley.
ARTÍCULO CUARTO. · PUBLIQUESE, la presente resolución, en el portal web institucional:
www.reqionapurimac.gob.pe. de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.