ARTÍCULO PRIMERO.- RESOLVER EN FORMA TOTAL la ORDEN DE COMPRA Nº0003871-2022, derivado del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada Nº 127-2022-GRAP-1.para la Adquisición de equipamiento- carpetas unipersonales para el proyecto:»MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO GREGORIO MENDEL DE CHUQUIBAMBILLA. PROVINCIA DE GRAU. REGIÓN APURIMAC.por el monto deS/ 66,000.00(Sesenta y Seis Mil con 00/100 Soles), y con un plazo de ejecución de la prestación de 60 días calendarios.suscrita entre el Gobierno Regional de Apurímac y de la otra parte PAREDES GUTIERREZ JOSE LUIS con RUC Nº 10432143703, por la causal haber llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora en la ejecución de la prestación a su cargo. establecido en el literal b) del numeral 164.1 del articulo 164º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que se realiza de conformidad alas recomendaciones y opiniones contenidas en los documentos presentados por las unidades orgánicas responsables,que han sido citados en la parte considerativa y que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR, a la Oficina de Abastecimiento. Patrimonio y Margesí de Bienes del Gobierno Regional de Apurímac. registrar la presente Resolución de contrato en el SEACE con arreglo y fines de ley.Asimismo, una vez consentida o firme en vía conciliatoria o arbitral la presente Resolución, comunicar a la Instancia Correspondiente a efectos de iniciar las acciones legales que corresponda contra el contratista. por los daños y perjuicios ocasionados al Gobierno Regional de Apurímac. bajo responsabilidad administrativa y funcional.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR, vía Carta Notarial la presente Resolución al Contratista PAREDES GUTIERREZ JOSE LUIS. en el domicilio consignado Calle Independencia Nº 185 – A –
ICA. Teléfono 936319574.
ARTÍCULO CUARTO. – DISPONER, a la Oficina de Tesorería las acciones que resulten necesarias a fin de ejecutar el cobro de penalidad. al contratista PAREDES GUTIERREZ JOSE LUIS con RUC
Nº 10432143703: sin perjuicio que la Procuraduría Publica Regional inicie las acciones legales correspondientes. para el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados con la resolución
ARTICULO QUINTO. – TRANSCRIBIR, el presente acto resolutivo a la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficina de Abastecimiento. Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac. para su conocimiento y demás fines administrativos que corresponda de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO SEXTO. – DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac cumpli , nto a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica.