ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud presentada por el señor LUIS ALBERTO TELLO SILVA, identificado con DNI Nº 31031557, referente a su petición de desnaturalización de la relación laboral bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 27 6 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público y el artículo l º de la Ley 24041, quien señala prestar sus servicios al Gobierno Regional de Apurímac, desde 14 de febrero del 2013 hasta el 31 de diciembre del 2022, como Conductor de vehículo de la Gerencia General del Gobierno Regional de Apurímac; asimismo su pretensión de que se le reconozca vínculo laboral en la condición de trabajador contratado permanente bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº
27 6 carece de asidero legal, porque nunca fue contratado en plaza vacante presupuestada y no realizó labores de naturaleza permanente acorde con el Manual de Organización y Funciones – MOF y Reglamento de Organización y · Funciones – ROF de la Entidad, en consecuencia no se encuentra bajo la
protección de la Ley Nº 2404 l y el Régimen Laboral Nº 27 6 y Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de conformidad con la normativa legal vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR, la presente Resolución al Señor LUIS ALBERTO TELLO SILVA, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.