SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN CON INCREMENTO PRESUPUESTAL Nº 03, del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO DE LA CADENA PRODUCTIVA DE LA PALTA EN 85 LOCALIDADES DE 30 DISTRITOS EN LAS PROVINCIAS DE ABANCAY, ANDAHUAYLAS, AYMARAES Y CHINCHEROS DE LA REGIÓN APURIMAC», con Código Unificado Nº 2335794; siendo el Incremento Presupuesta) la suma de S/. 3’773 663.40 (Tres Millones Setecientos Setenta y Tres Mil Seiscientos Sesenta y Tres con 40/100 soles); con un presupuesto total de S/. 22’671 611.61 (Veintidós Millones Seiscientos Setenta y Un Mil Seiscientos Once con 61/100 soles), en concordancia a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso en concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente es de carácter EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTICULO CUARTO.·DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones Tecnicas en el Expediente Técnico, la responsabilidad recae directamente en la Coordinadora e Inspector/Supervisor de Obra, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTICULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y dependencias orgánicas competente, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución el proyecto en mención Coordinador y Supervisor, demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTICULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )