SE RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.-APROBAR, el Expediente Técnlco de la IOARR denominado «CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DEPORTIVO CpN COBERTURA, REMQDELACION DE ESPACIO DEPORTIVO CERRADO, EN EL(LA) INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGOGICO LA SALLE, DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA ABANCAY, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado de Inversiones N° 2546613, para su ejecución por la modalidad de ADMINISTRACIÓN DIRECTA; en el plazo de ejecución de 120 días calendarios (04 meses). por un presupuesto total de SI. 1,911,945.26; cuyo sustento técnico se encuentra contenido en un expediente respectivo, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, según el siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico de la IOARR: «CONSTRUCCIÓN DE ESPACIO DEPORTIVO CON COBERTURA, REMODELACIÓN DE ESPACIO DEPORTIVO CERRADO, EN EL(LA) INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO LA SALLE, DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA ABANCAY, DEPARTAMENTO APURIMAC», con Código Unificado de Inversiones Nº 2546613, es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.• DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el mencionado Expediente; la responsabilidad recae directamente en el responsables de la ejecución del de la IOARR cuya responsábilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, al Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones ( ORFEI), y demás instancias para los fines de conocimiento e implementación.
ARTICULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )