SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.· DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de apelación presentado por el administrado, Eloy Condori Condo, contra la Resolución Gerencia Regional Nº 022-2022· GR.APURIMAC/GRDE, de fecha 22 de agosto de 2022, emitida por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, del Gobierno Regional de Apurímac; en consecuencia, CONFIRMESE LA REFERIDA RESOLUCION EN TODOS SUS EXTREMOS, de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.· PRECISAR que la presente Resolución agota la vía administrativa, de conformidad con el literal b) del numeral 228.2 del artículo 228º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, quedando facultada la interesada a ejercitar la acción contenciosa-administrativa a que se refiere el artículo 148º de la Constitución Polltica del Perú ante el Poder Judicial. · ·
ARTÍCULO TERCERO.· NOTIFICAR, la presente Resolución, junto con Opinión Legal N° 835-2022-G RAP/08/DRAJ, de fecha 02 de diciembre de 2022, al interesado, senor Eloy Condon Condo, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO.- DEVOLVER, los actuados a la entidad de origen, Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural, debiendo quedar copia de los mismos en archivo como antecedente.
ARTÍCULO QUINTO.- PUBLICAR, la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )