RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 772-2022-GR-APURIMAC.GG

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diciembre 28th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 772-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre la AMPLIACION DE PLAZO Nº 02 – en Fase de Ejecución (en vías de regularización), del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DEL COMPLEJO DEPORTIVO EL OLIVO PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABANCAY, REGIÓN APURÍMAC», con Código Único de Inversión Nº 2164453, por una AMPLIACIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA DE 356 DÍAS CALENDARIOS», comprendido a partir del 01/07/2022 al 21/06/2023, siendo la fecha de término reprogramado el día 21/06/2023, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, conforme al siguiente detalle

ARTICULO SEGUNDO: EXHORTAR, a los responsables del Proyecto, mayor diligencia y celeridad en el cumplimiento de sus funciones, bajo responsabilidad, debiendo tener en cuenta la Optimización de los Recursos Públicos y plazos solicitados, en mérito a los Principios de Celeridad, Economía, sencillez y eficacia.

ARTÍCULO TERCERO: REMITIR, copias de los actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Regional de Apurímac, para el inicio de deslinde de responsabilidades, a fin de determinar las sanciones a que hubiera lugar, conforme a la normativa vigente.

ARTICULO CUARTO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico de AMPLIACION DE PLAZO Nº 02 ( en vías de regularización) del proyecto en mención, es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO; ,siendo que la ejecución del proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su príorización y Financiamiento.

ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura y a su unidad orgánica competente, Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables de dicho proyecto para su conocimiento y fines de Ley.

ARTÍCULO SETIMO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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