SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 29 de enero de 2020 y la Resolución N° 08 (Requerimiento de Cumplimiento de Sentencia) de fecha 30 de junio de 2021, recaída en el Expediente Judicial Nº 01069–2019–0–0301–JR–CI–01, la cual declara FUNDADA la demanda interpuesta por RAYDA JUSTINA MOLINA DE GUTIERREZ en contra del Gobierno Regional de Apurímac, la Dirección Regional de Educación de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico; en consecuencia, DECLARO: la Nulidad Parcial de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 442–2019–GR–APURIMAC/GR, de fecha 23 de julio del 2019 y la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 555–2019–DREA, de fecha 12 de abril del 2019.
ARTICULO SEGUNDO.· DISPONER, a favor de RAYDA JUSTINA MOLINA DE GUTIERREZ el pago respecto del incremento de la remuneración básica, conforme a lo establecido en el Decreto Ley número 25981, desde la fecha en que por ley le corresponde percibir dicha bonificación, más intereses legales. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.
ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y cumplimiento, ello en merito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley Nº 27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D.S. N° 011-2019-JUS».
ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR, con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay, informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.
ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )