SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE, el recurso de reconsideración contra la Resolución Gerencial General Regional Nº 652-2022-GR-APURIMAC/GG. de fecha 06/10/2022, interpuesto por el Contratista Marlon Barba García, en fecha 10/10/2022, mediante la Carta N° 003-2022-MBG, registrado con SIGE N° 23603, al establecerse que citado recurso de reconsideración carece de sustento legal por no, ser impugnable administrativamente de conformidad a lo dispuesto por el numeral 45.5 del artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y; el numeral 158.6 del artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFÍQUESE, EN EL DÍA, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución al Contratista Marlon Barba García, a su correo electrónico: marlonbarba4@hotmail.com, para su conocimiento y fines de ley que estime por conveniente.
ARTÍCULO TERCERO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍQUESE, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; al Residente de Obra – Guido Elguera Curi; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes; Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, atención y fines de Ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )