RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 324-2022-GR-APURIMAC.GR

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noviembre 22nd, 2022
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 324-2022-GR-APURIMAC.GR
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desagregación de recursos

Apruébese, la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 212-2022-EF; que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales, conforme a lo dispuesto en los literales a), c), d), e), f), g), h), i), j), k), 1), m), n), ñ), o), q), s), t), v) y x) del numeral 48.1 del artículo 48 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y; la implementación de intervenciones y/o acciones pedagógicas vinculadas a nivelación de aprendizajes, deserción escolar y condiciones para la reapertura de Instituciones Educativas (IIEE) y Programas a que se refiere el numeral 48.4 del citado artículo 48; así como la implementación del servicio de «Talleres educativos de desarrollo de habilidades socioemocionales», en el marco de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, correspondiendo al Pliego Gobierno Regional del Departamento de Apurímac, el monto de SEIS MILLONES CIENTO VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 (S/. 6 126,880.00) SOLES, en las Genéricas de Gasto 2.3 Bienes y Servicios y 2.6 adquisición de Activos No Financieros, fuente de financiamiento 1 Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO 2°. Notas para la Modificación Presupuestaria

La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes «Notas para Modificación Presupuestaria» que se requieran, corno consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

ARTÍCULO 3°. Remisión

Copia del presente dispositivo se remite a los organismos señalados en el artículo 31º, numeral 31.4, del Decreto Legislativo Nº 1440 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público. ( VER PDF )

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