SE RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN CON INCREMENTO PRESUPUESTAL Nº 03 – AL COMPONENTE DE EQUIPAMIENTO, (POR ADICIONALES DE OBRA Y DEDUCTIVO), ACTUALIZACIÓN DE COSTOS – (GASTOS GENERALES Y SUPERVISIÓN DE EQUIPAMIENTO), del Proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD EN LOS P.S 1-1 CURANCO, MUTKANI, LLANACOLLPA, SANTA ROSA, HUACULLO, HUANCARAY, PALCCAYÑO; P.S 1·2 CHUÑUHUACHO DE LA MICRO RED ANTABAMBA, PROVINCIA DE ANTABAMBA, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», con CUI Nº 2195021, siendo el Incremento Presupuestal del Componente Equipamiento: la suma de S/. 739,184.86, (Setecientos Treinta y Nueve Mil Ciento Ochenta y Cuatro con 861100 soles); con un presupuesto total Actualizado del Proyecto la suma de S/. 24’870,088,07 (Veinticuatro Millones Ochocientos Setenta Mil Ochenta y Ocho con 071100 soles), bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuesto en el presente acto resolutivo, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTICULO SEGUNDO.- PRECISAR que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTICULO CUARTO.• DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico de Modificación, la responsabilidad recae directamente en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas en el Reglamento de Organización de Funciones y demás instrumentos Legales vigentes.
ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del Proyecto en mención, Profesional Especializado en Equipamiento Biomédico y al Supervisor Biomédico, Sub Gerencia de Presupuesto, para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación en lo que les compete y en lo que fuere de ley.
ARTÍCULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.qob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )