ADENDA Nº 02 AL CONVENIO DE INVERSIÓN – SUSPENSIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Conste por el presente documento la ADENDA Nº 02 al CONVENIO DE INVERSIÓN de fecha 17 de febrero del 2022, EN EL MARCO DE TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA LEY Nº 29230, LEY QUE IMPULSA LA INVERSIÓN PÚBLICA REGIONAL Y LOCAL CON PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 294-2018-EF Y POR EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE LA LEY Nº· 29230, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 295-2018-EF; en adelante LA ADENDA, para el financiamiento y ejecución del Proyecto «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN 21 VIAS LOCALES EN ZONA URBANA DEL DISTRITO DE ANTABAMBA, PROVINCIA DE ANTABAMBA-APURIMAC», con Código Único de Proyecto N° 2339910 (en adelante, «EL PROYECTO»), que celebra de una parte el GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC, en adelante LA ENTIDAD PÚBLICA, con RUC Nº 20527141762, con domicilio legal y para estos efectos en el Jirón Puno Nº 107, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac, debidamente representada por el Gobernador Regional Lic. Baltazar Lantarón Núñez, identificado con DNI Nº 31010565, en ejercicio de las facultades otorgadas por Resolución Nº 3594-2018-JNE; y de otra parte la empresa denominada EL MOLLE VERDE S.A.C., con RUC Nº 20543588734, con domicilio legal y para estos efectos en calle Las Begonias Nº 415 (Oficina de Recepción – Piso 19), distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por su Representante Legal, el señor José Alejandro Hermoza Maraví, identificado con DNI Nº 07273226, según poder inscrito en la Partida Electrónica Nº 12471722, Asiento Nº COQ047, rectificado por el Asiento 000012, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, a quien en adelante se le denomina «LA EMPRESA PRIVADA» en los términos y condiciones siguientes. ( VER PDF )