SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Resolución Directoral Regional Nº 001-2021 GRDE.DIRCETUR.APURIMAC, de fecha 04 de enero de 2021, emitida por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Apurímac, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DECLARAR NO HA LUGAR, la solicitud formulada por el administrado, Gary Atayupanqui Aybar, referida a que se declare la inexistencia de responsabilidad administrativa en su persona.
ARTÍCULO TERCERO.- SE DISPONE la conservación de aquellas actuaciones y trámites realizados por la persona de Lidia Paniagua Pumacayo, en su condición de Directora de Artesanía de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Apurímac; sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar ni del ejercicio de la facultad de revisión de oficio sobre dichas actuaciones administrativas, a través de los órganos competentes.
ARTICULO CUARTO.· SE DISPONE la remisión de copia de los actuados a la Secretaría Técnico del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Gobierno Regional de Apurímac, a fin de que evalúe el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar por la emisión de la Resolución Directoral Regional Nº 001-2021 GRDE.DIRCETUR.APURIMAC, de fecha 04 de enero de 2021.
ARTÍCULO QUINTO.· NOTIFICAR la presente Resolución, junto con copia de la Opinión Legal Nº 624-2022- GRAP/08/DRAJ, de fecha 02 de setiembre de 2022, a los interesados, así como a los demás sistemas administrativos que corresponda, para su conocimiento y fines.
ARTICULO SEXTO.· TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.
ARTÍCULO SÉTIMO.· PUBLICAR la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )