RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 527-2022-GR-APURIMAC.GG

Archivo
septiembre 7th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 527-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 13 (Sentencia) de fecha 19 de abril de 2021, Resolución Nº 20 (Sentencia de Vista) de fecha 04 de noviembre de 2021 y Resolución Nº 24 (Auto de Requerimiento) de fecha 28 de marzo de 2022, recaída en el ExpedientJudicial 00013-2020-0-0302-JRLA-01, interpuesto por MOISES LUNA CARRASCO, MABEL LUNA HURTADO, SHALLI LUNA HURTADO, PHAULM LUNA HURTADO Y LHIZ LUNA HURTADO, representada por Moises Luna Carrasco, en contra del Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La nulidad total de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 647-2019-GR-APURÍMAC/GR de fecha 23 de octubre de 2019.

ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADA, el Recurso de Apelación interpuesto por MOISES LUNA CARRASCO,  MABEL LUNA HURTADO, SHALLI LUNA HURTADO, PHAULM LUNA HURTADO Y LHIZ LUNA HURTADO, representada por Moises Luna Carrascoen contra de la Resolución Sub Regional Nº 1582019GRA·GSRCH·GSR,  de fecha 10 de julio 2019; RECONOCIENDO el pago por concepto de bonificación especial establecido por el Decreto de Urgencia 037-94, aprobado a favor de la que en vida fue Doña Salome Hurtado Mendoza, la suma de S/ 75,020.36, mediante Resolución Sub Regional Nº 153-2018- GRA-GSRCH-GSR, de fecha 10 de setiembre del 2018. Para cuyo efecto AUTORiCESE a la Gerencia Sub Regional Chanka, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Gerencia Sub Regional Chanka, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.- ENCARGAR, a la Secretaria General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia General Regional, Gerencia Sub Regional Chanka, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF)

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]