RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 501-2022-GR-APURIMAC.GG

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septiembre 5th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 501-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERODAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 06 (Sentencia) de fecha 26 de marzo de 2019, la Resolución Nº 10 (Sentencia de Vista) de fecha 22 de agosto de 2019 y la Resolución Nº 12 (Auto de Requerimiento) de fecha 13 de enero de 2021; del Expediente Judicial 01027201800301JRCI02, interpuesto por ALEJANDRO SANTOS CERRILLO en contra de la Dirección Regional de Apurímac, el Gobierno Regional de Apurímac y con emplazamiento del Procurador Publico del Gobierno Regional de Apurímac, en consecuencia se DECLARA: 1) La Nulidad Parcial de la Resolución GerenciaLGeneral Regional Nº 03182018GRAPURIMAC/GG de fecha 21 de junio de 2018; y, 2) la Nulidad Parcial de la Resolución Directoral Regional Nº 0528-2018-DREA, de fecha 07 de mayo del 2018.

ARTICULO SEGUNDO.· DISPONERa favor de ALEJANDRO SANTOS CERRILLO, el pago de los reintegros diferenciales por concepto de la bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación, equivalente al treinta por ciento (30%) de su remuneración total, desde la fecha que conforme a ley le correspondió percibir (06 de marzo de 1991) hasta el 21 de agosto del año 1995 (fecha de cese), con deducción de lo percibido, así como el pago de los intereses legales. Para cuyo efecto AUTORICESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac, cumpla con realizar las acciones administrativas para este fin, EN ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL.

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación de Apurímac, por corresponder para su conocimiento y cumplimiento, ello en mérito a lo dispuesto por el numeral 45.2 del Artículo 45 del TUO de-la Ley Nº 27584-Ley que regula el proceso contencioso administrativo D.S Nº 011-2019-JUS.

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del  Gobierno Regional de Apurímac, .para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de  Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de  conformidad y en cumplimiento a  lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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