SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de Ampliación de Plazo Nº 03 del Proyecto de Inversión Pública «MEJORAMIENTO DE LA APLICACION TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LA II.EE DE NIVEL SECUNDARIA DEL DISTRITO DE ANDAHUAYLAS, ANDARAPA, KAQUIABAMBA, Y KISHUARA- UGEL ANDAHUAYLAS – REGIÓN APURIMAC», con Código Unificado Nº 2186650, en fase de ejecución, con un periodo de 274 días calendario adicionales, comprendido a partir del 01 de julio del 2022, hasta el 31 de marzo del 2023, siendo la fecha de Término Reprogramado el 31 de marzo del 2023, el mismo que contiene un folder con 96 folios, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, conforme al siguiente cuadro. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y demás Unidades Orgánicas inmersas en su ejecución deberán de cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución;
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación de la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 03, en mención, es de CARACTER NETAMENTE TECNICO, quedando supeditada la ejecución del proyecto al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en la solicitud de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 03, del proyecto en mención, la responsabilidad recae directamente en el Coordinador de Proyecto TIC Andarapa y Kishuara – Apurimac lng. Nilsa Campana Cardenas, Supervisor de Proyectos TIC Andarapa y Kishuara – Apurimac Ing. Francy Pedraza Hurtado, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la ejecución del proyecto.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, Coordinador de Proyecto TIC Andarapa y Kishuara – Apurimac Ing. Nilsa Campana Cardenas, Supervisor de Proyectos TIC Andarapa y Kishuara – Apurimac Ing. Francy Pedraza Hurtado; para su conocimiento e implémentación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac, ww.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )