SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Expediente Técnico sobre MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN Nº 03 CON INCREMENTO PRESUPUESJAL – POR ADICIONALES DE OBRA (partidas nuevas, mayores metrados) DEDUCTIVOS, ACTUALIZACION DE COSTOS Y POR IMPLEMENTACIÓN DEL CONTROL CONCURRENTE LEY Nº 31358, para el PIP denominado: «MEJORAMIENTO DE LA APLICACION DE LAS TIC PARA EL ADECUADO DESARROLLO DE LAS COMPETENCIAS DE ESTUDIANTES Y DOCENTES EN LAS IIEE DE NIVEL SECUNDARIA DEL DISTRITO DE ABANCAY – PROVINCIA DE ABANCAY – REGION APURIMAC» con CUI Nº 2234459; teniendo un Incremento Presupuestal las causales descritas de S/ 1 ‘287,481.40 soles; siendo el presupuesto total actualizado la suma de S/ 14’560, 197.92 soles. Ello, en conformidad al sustento técnico contenido en los informes emitidos por los responsables del Proyecto de: Inversión Publica materia del presente; sustento técnico que se encuentra contenido en Un (01) archivador con un total de 402 folios; y.coníorrne al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente es de carácter eminentemente técnico: siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones. errores,deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente Técnico de MODIFICACIÓN EN FASE DE EJECUCIÓN materia del presente, la responsabilidad recae en los responsables del proyecto de acuerdo a sus funciones conferidas.
ARTICULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversiones, a los responsables de la ejecución del proyecto en mención, y demás dependencias competentes, para conocimiento e implementación en lo que les compete y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )