RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 048-2022-GR-APURIMAC.GRI

Archivo
julio 5th, 2022
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 048-2022-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, a partir de la fecha EL CAMBIO DE MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN INDIRECTA POR ADMINISTRACION DIRECTA, del proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS TRES NIVELES INICIAL 101 EL CARMELO, PRIMARIA 54045 EL CARMELO Y SECUNDARIA EL CARMELO DE LA LOCALIDAD MOLINOPATA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ABANCAY  – REGIÓN APURÍMAC» con CUI 2293663, (aprobado mediante la Resolución General Regional Nº 012-2020- GR/APURIMAC/GRI, de fecha 13/03/2020), con un Presupuesto total actualizado de S/. 24,779,978.19 (Veinticuatro Millones Setecientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Setenta y Ocho con 19/100)., con un plazo de ejecución del proyecto: 18 meses (540 días calendarios), contando con un (01) folder con 104 folios, (03) Tomos Archivador, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución y de acuerdo con los detalles técnicos contenidos en el Expediente materia de aprobación; teniendo un PRESUPUESTO ANALITICO y el COSTO BAJO MODALIDAD DE ADMINISTRACION DIRECTA según los siguientes cuadros. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la UNIDAD EJECUTORA DE INVERSIÓN de esta entidad, se encargue de realizar las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS TRES NIVELES INICIAL 101 EL CARMELO, PRIMARIA 54045 EL CARMELO Y SECUNDARIA EL CARMELO DE LA LOCALIDAD MOLINOPATA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ABANCAY – REGIÓN APURÍMAC» con CUI 2293663, conforme a la normativa vigente.

ARTÍCULO TERCERO: DEJAR SIN EFECTO, todo acto resolutivo  que se oponga a la presente Resolución, en relación al cambio de modalidad de Ejecución del proyecto en mención, quedando subsistente lo demás que lo contiene.

ARCULO CUARTO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de  los actos o acciones realizadas que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARCULO QUINTO: ESTABLECER que la aprobación del Expediente Técnico por cambio de Modalidad de Administración  Indirecta a  la Modalidad  de Administración   Directa, correspondiente  al proyecto de inversión pública: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LOS TRES NIVELES INICIAL 101 EL CARMELO, PRIMARIA 54045 EL CARMELO  Y SECUNDARIA EL CARMELO DE LA LOCALIDAD MOLINOPATADISTRITO Y  PROVINCIA DE ABANCAY – REGIÓN APURÍMAC«, es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO, en virtud de los informes técnicos y opiniones favorables de procedencia y de la Sub Gerencia de Obras, Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Sub Gerencia de Equipo Mecánico, quienes han verificado el sustento en base a los argumentos técnicos y presupuestales expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo; quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento;

ARTÍCULO SEXTO: DETERMINAR,  que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos de carácter técnico ello de conformidad con la normativa de la materia.

ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia  General Regional a la Dirección Regional de Supervisión, liquidaciones y transferencias de Proyectos de Inversión, a la de Sub Gerencia de Obras, Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Sub Gerencia de Equipo Mecánico, y demás instancias para los fines de conocimiento, cumplímiento e implementación para su conocimiento y fines de Ley.

ARTÍCULO OCTAVO: PUBLÍQUESEla presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

Dirección URL
Archivo en Linea
Gobierno Regional de Apurímac :: Jr. Puno 107 | Central Telefónica: 083 321022 | 322170 | Telf. Fax: 083 321174
Desarrollado por Unidad de Informática - mail :: [ informatica@regionapurimac.gob.pe ]