RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 356-2022-GR-APURIMAC.GG

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junio 28th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 356-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico sobre LIQUIDACIÓN TÉCNICA· FINANCIERA del PIP denominado: «RECUPERACION Y MEJORAMIENTO DE LA COBERTURA FORESTAL PARA AMPLIAR SERVICIOS AMBIENTALES EN LA MICROCUENCA ANTABAMBA BAJA DE LA PROVINCIA DE AYMARAES – REGIÓN APURIMAC«, con Código Unico de Inversiones N°2234098, por un costo real de S/ 11 065,781.76 Soles, correspondiente a la ejecución presupuestal del Años Fiscal: 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, según Correlativo de Meta No 368-2013, Correlativo de Meta Nº 0027-2014, Correlativo de Meta  N  0027-2015, Correlativo de Meta Nº 0012-2016, Correlativo de Meta Nº 0010-2017, Correlativo de Meta Nº 0008-2018, Correlativo de Meta NO 0026-2019, Correlativo de Meta Nº 0012-2020, Correlativo de Meta Nº 0209 2021 y Correlativo de Meta Nº 0011-2022, para efectos de cierre en el Banco de Inversiones; ello, en virtud al pronunciamiento, informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Liquidador Técnico y Liquidador Financiero de la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión, quienes han verificado el sustento – en base a los argumentos legales y técnicos expuestos y de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO: PRECISAR  que la presente resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizados o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto; en consecuencia, la Dirección Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, y demás unidades orgánicas inmersas deberán ele cautelar la observancia del marco legal de los procedimientos a implementarse para el cumplimiento de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: AUTORIZAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional de APURIMAC, para que a través de sus órganos contables competentes, realice las rebajas contables que correspondan del presupuesto ejecutado del expediente de liquidación técnica financiera del proyecto en mencion. Asimismo; DISPONER que los responsables del manejo y administración de las conciliaciones financieras (Oficina de Contabilidad – Oficina de Tesorería) en cumplimiento de sus funciones y competencias, Implementen las observaciones y recomendaciones,bajo responsabilidad; para ello, deben recabar obligatoriamente la información contenida en el expediente de liquidación financiera ( informes técnicos – financieros), que se custodian en la oficina de resoluciones; ello, en pro de resguardar los interes de la entidad. 

ARTÍCULO CUARTO: DISPONER, el cierre del expediente, una vez que quede consentida la liquidación; en consecuencia los órganos de linea, de apoyo y asesoramiento conforme a sus atribuciones, deben realizar los actos necesarios para la clasificación financiera y contable del presente.

ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Administración, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente y a la Oficina Regional de Supervisión Liquidación y Trasferencia de Proyectos de Inversión, para su conocimiento y fines de ley.

ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurimac,  www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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