
RESOLVER, en forma total el Contrato Directoral Regional N° 056- 2013-GR.APURIMAC/DRA en fecha 17 de julio del 2013, suscrito entre el Gobierno Regional de Apurimac y el CONSORCIO CACHORA, integrado por: ANDREICO S.A.C. y SARA NOEMI IPORRA BENDEZU para la contratación del Servicio de Consultoría para la Formulación del Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil y Factibilidad del Proyecto “Mejoramiento de la carretera Ramal San pedro de Cachora (Saywite Alto KM 818.50) – Cachora – Capillayoc, Distrito de San Pedro de Cachora, provincia de Abancay, Región Apurimac”, por la causal atribuible al consultor por incumplimiento injustificado de sus obligaciones contractuales, establecida en el numeral 1 del Artículo 168° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado pese a haber sido requerido conforme al procedimiento establecido en el Artículo 169° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y por las razones expuestas en la parte considerativa.