SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, a partir de la fecha el Cambio de Modalidad de Ejecución Indirecta – Contrata a la Modalidad de Ejecución por Administración Directa, del proyecto de Inversión Pública: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA DE RIEGO EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA, SANTA ROSA, CUPISA, CHAMPACCOCHA, ANCATIRA, CHOCCECANCHA Y ARGAMA ALTA, DISTRITOS DE SAN JERONIMO Y PACUCHA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS – APURIMAC«, con Código Unificado de Inversiones Nº 2215017, con un Presupuesto total actualizado de S/. 157‘900,373.31 (Ciento Cincuenta y Siete Millones Novecientos Mil Trescientos Setenta y Tres con 31/100 soles, con un plazo de ejecución del proyecto: 24 meses (730 días calendarios), contando con un (01) folder con 211 folios, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución y de acuerdo con los detalles técnicos contenidos en el Expediente materia de aprobación; teniendo un PRESUPUESTO ANALÍTICO y el COSTOS BAJO MODALIDAD DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA según los siguientes cuadros. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER al Equipo Tecnico de la UNIDAD EJECUTORA DE INVERSIÓN, realizar las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA DE RIEGO EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA, SANTA ROSA, CUPISA, CHAMPACCOCHA, ANCATIRA, CHOCCECANCHA Y ARGAMA ALTA, DISTRITOS DE SAN JERÓNIMO Y PACUCHA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS –APURIMAC«, código unificado N° 2215017, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO: DEJAR SIN EFECTO, todo acto resolutivo que se oponga a la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER que la aprobación del Expediente Técnico por cambio de Modalidad de Administración Indirecta a la Modalidad de Ejecución por Administración Directa, correspondiente al proyecto de inversión pública: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA DE RIEGO EN LAS COMUNIDADES DE CHULLCUISA, SANTA ROSA, CUPISA, CHAMPACCOCHA, ANCATIRA, CHOCCECANCHA Y ARGAMAALTA, DISTRITOS DE SAN JERÓNIMO Y PACUCHA, PROVINCIA DE ANDAHUAYLAS-APURIMAC«, ES DE CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO, en virtud de los informes técnicos y opiniones favorables de procedencia por parte del Coordinador de Proyecto Ing. Ronald Candia Chamorro, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, Sub Gerencia de Equipo Mecánico, Directora de la Oficina de Abastecimientos, Patrimonio y Margesi de Bienes, Coordinador de Obras por Administración Directa, Coordinador de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Obras, Gerencia Regional de Infraestructura, profesionales competentes, quienes han verificado el sustento en base a los argumentos técnicos y presupuestales expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo; quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO SEXTO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos de carácter técnico.
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, Sub Gerencia de Equipo Mecánico, Dirección Regional de Abastecimiento, Sub Gerencia de Obras, y demás instancias para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO OCTAVO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )