SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO DE CURAHUASI DEL DISTRITO DE CURAHUASI, DE LA PROVINCIA DE ABANCAY – APURIMAC«, con código unificado Nº 2337768; que consta de (29) tomos en archivadores, un folder con (01 CD), en folios (161) y otro folder con (01 CD), en folios (102), para su ejecución por la modalidad de Administración Indirecta – Contrata, en el plazo de ejecución de 420 días calendarios (14 meses), por un presupuesto total de S/. 22’938,440.90 (Veintidós Millones Novecientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta con 90/100 soles, conforme a los fundamentos y sustento técnico antes expuesto y según el siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO.. PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTICULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico del proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO DE CURAHUASI DEL DISTRITO DE CURAHUASI, DE LA PROVINCIA DE ABANCAY · APURIMAC«, con código unificado Nº 2337768, es de carácter eminentemente técnico, quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO.. DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos de orden técnico, así como de la Comisión de Revisión y Aprobación de Expedientes Técnicos (CRAET), designado mediante Resolución Gerencial Regional Nº 017-2021-GR/APURIMAC/GRI.
ARTÍCULO QUINTO.· NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a la Sub Gerencia de Obras, Coordinador de Obras por Administración Directa y al Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluación de Inversiones (ORFEI), así como de la Comisión de Revisión y Aprobación de Expedientes Técnicos (CRAET), designado mediante Resolución Gerencial Regional Nº 017-2021-GR/APURIMAC/GRI. y demás instancias para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación.
ARTICULO SEXTO.· DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )