SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la solicitud de «Ampliación de Plazo» hasta el día 29/03(2022, peticionado por el Contratista FRESENIUS MEDICAL CARE DEL PERU S.A., mediante la Carta FMC Nº 071/2022 de fecha 24/03/2022 registrado por la Entidad con SIGE Nº 6608, de conformidad a lo establecido por el artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, los informes técnicos emitidos por el Personal de la Entidad y de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: SE EXHORTA, al Contratista FRESENIUS MEDICAL CARE DEL PERU S.A., el cabal cumplimiento de sus obligaciones contractuales, establecidas en el Contrato Gerencial General Regional Nº 001-2022-GR-APURIMAC/GG de fecha 17/01/2022.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍQUESE, en el día bajo responsabilidad, mediante la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, la presente resolución, al Contratista FRESENIUS MEDICAL CARE DEL PERU S.A., a sus dos correos electrónicos contractuales: fresenius.peru@fmc-ag.com y elizabeth.sanchezrecuay@fmc-ag.com, para su conocimiento y fines de ley.
ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Sub Gerencia de Obras; Dirección Regional de Administración; Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines de ley que amerite por corresponder de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )