RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 029-2022-GR-APURIMAC.GRI

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abril 11th, 2022
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 029-2022-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DE NIVEL INICIAL Nº 32 DE AYAHUAY DEL DISTRITO DE EL ORO- PROVINCIA DE ANTA BAMBA  DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», con CUI 2454481;  para su ejecución por la MODALIDAD DE ADMINl?TRACION DIRECTA, con un Presupuesto Total de S/. 2’616,420.06 soles (DOS MILLONES, SEISCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 06/100 SOLES), consta de (05) Archivadores con (01 CD), en folios (100), bajo la observancia y sujeción del marco normativo de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01 – Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual, concomitante con la Directiva Nº 001-2010-G.R.APURIMAC/PR., denominada «Para Formulación, Ejecución y Supervisión de Proyectos en la Fase de Inversión por Administración Directa o Encargo»; bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuesto en el presente acto resolutivo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO TERCERO.· ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico del proyecto: «MEJORAMIENTO  DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA DE NIVEL INICIAL Nº 32 DE AYAHUAY   DEL DISTRITO DE EL ORO – PROVINCIA DE ANTABAMBA – DEPARTAMENTO DE APURÍMAC», con CUI 2454481; es de CARÁCTER EMINENTEMENTE TÉCNICO, quedando   supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO.- DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos de orden técnico, así como de la Comisión de Revisión y Aprobación  de Expedientes Técnicos (CRAET), reconformado mediante Resolución Gerencial Regional Nº 058-2021-GR/APURIMAC/GRI de fecha 22/12/21.

ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, a la Sub Gerencia de Obras, Coordinador de Obras por Adrrínistración Directa y al Director de la Oficina Regional de Formulación y Evaluacion de Inversiones (ORFEI), así como de la Comisión de Revisión y Aprobación de Expedientes Técnicos (CRAET), reconformado mediante Resolución Gerencial Regional Nº 058-2021-GR/APURIMAC/GRI de fecha 22/12/21, y demás instancias para los fines de conocimiento, como cumplimiento e implementación.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en la Página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a rescrito por Ley de Transparencia y Acceso a la Información. ( VER PDF )

 

 

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