RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 028-2022-GR-APURIMAC.GRI

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abril 11th, 2022
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 028-2022-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.· APROBAR, la MODIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO – EN FASE DE EJECUCIÓN ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO) del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE  E INSTALACION DE UBS  EN EL BARRIO CARAMPA, CCAMUCCASA DE CARMEN ALTO, BARRIO TACAMIPAMPA, CCAYCCOPAMPA, NUCAPUCRO DE CHOAQUERE Y LINDARUMI DE QUEULLABAMBA, DISTRITO DE CHALLHUAHUACHO – COTABAMBAS – APURIMAC» con Código Unificado Nº 2305364 – por incorporación del Presupuesto del Control Concurrente por Implementación de la Ley Nº 31358 – Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, con un presupuesto total Actualizado de S/. 15’676.654.20 (Quince Millones Seicientos Setenta y Seis Mil Seicientos Cincuenta y Cuatro con 20/100 soles, bajo  la observancia y sujeción del  marco normativo de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01 – Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Ley N° 31358 – Ley que establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho  expuestos  en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas  o por realizarse  que no se enmarquen  dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que la aprobación del presente Expediente es de CARÁCTER EMINENTEMENTE  TECNICO;  siendo que  la ejecución  del  Proyecto  quede  supeditada  al cumplimiento  de  la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO.- DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el Expediente Técnico, la responsabilidad recae directamente en el Coordinador de Proyectos de la Sub Gerencia de Estudios Definitivos Ing. José  Gregorio Soto Rodriguez, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.

ARTICULO QUINTO.- NOTIFÍQUESE, el presente acto resolutivo a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Estudios Definitivos, Coordinador  de Proyectos de la Sub Gerencia  de Estudios Definitivos Ing. José Gregorio Soto Rodriguez, y demás Organos Administrativos  del Gobierno Regional de Apurímac, para conocimiento y demás fines, con las formalidades señaladas por Ley.

ARTICULO SEXTO.- DISPONER, la publicación  de la presente resolución  en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública. ( VER PDF )

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