SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.– RECONFORMACIÓN del Comité de Revisión y Aprobación de Expediente Técnico-CRAET; para el Proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE TAPAYRIHUA 1-3 LAYME 1–1, CHANTA 1–1, HUANCAPAMPA 1–1, POCOHUANCA Y TIAPARO 1–1, DISTRITOS DE TAPAYRIHUA Y POCOHUANCA, PROVINCIA DE AYMARAES, DEPARTAMENTO DE APURIMAC«, con Código Unificado Nº 2378273, con los siguientes profesionales que a continuación se detallan. (…)
ARTICULO SEGUNDO.– ENCARGAR a la Comisión, instalarse de manera inmediata, y sus acciones deberán de ceñirse conforme a lo establecido por la Directiva Nº 001-2010-GR.APURIMAC/PR; aprobado mediante Resolución Ejecutiva Presidencial Nº147-GR.APURIMAC/PR., de fecha 08/03/2010, y en concordancia con el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 284-2018-EF., que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252 y demás normas complementarias y/o modificatorias.
ARTICULO TERCERO.· NOTIFÍQUESE, el presente acto resolutivo a la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión, Sub Gerencia de Obras y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, y a cada a cada uno de los miembros integrantes de la Comisión de Revisión y Aprobación del Expedientes Técnicos «CRAET», para su conocimiento e implementación en lo que les compete y en lo que fuere de ley, conforme a los informes técnicos de carácter técnico emitidos por los órganos de línea del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO CUARTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública. ( VER PDF )