RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 019-2022-GR-APURIMAC.GRI

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abril 11th, 2022
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 019-2022-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de la Actividad Mantenimiento «AMPLIACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL REPOSITORIO DOCUMENTAL DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC»., por la suma de S/. 275,771.59 soles (DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO.CON 59/100 SOLES); con un plazo de ejecución  de 90 DIAS CALENDARIO; bajo la MODALIDAD DE ADMINISTRACION DIRECTA; el  mismo que contiene (01) Archivador de folios (236) mas (01) CD, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación  de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.

ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER, que la aprobación del Expediente Técnico de la Actividad Mantenimiento «AMPLIACION Y ACONDICIONAMIENTO DEL REPOSITORIO DOCUMENTAL DEL ARCHIVO CENTRAL DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL   DE APURIMAC»; es de carácter eminentemente técnico, quedando supeditada su ejecución a la disponibilidad presupuestaria, así como en cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO.- DETERMINAR, que en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el  expediente técnico aprobado, la responsabilidad recaerá directamente en los profesionales que emitieron los documentos de orden técnico, como son el Ing. Kenneth S. Cervantes Rosada – Proyectista de la actividad en mención Ing. ose SotRodriguez y el Ing. Marco Antonio Arizabal Arriaga como Formuladores de Proyecto de Invérsión de la Actividad en mención, quienes emiten opinión, como técnicamente conforme el expediente de actividad.

ARTÍCULO QUINTO.- NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional, Sub Gerencia de Obras, a la Sub Gerencia de Estudios Definitivos, y demás instancias para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación en lo que les compete y en lo que fuere de ley.

ARTÍCULO SEXTO.- DISPONER, la publicación  de la presente Resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por Ley de transparencia y acceso a la información. ( VER PDF )

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