SE RESUELVE:
ARTICULO UNICO.- Declara CONFIRMADA en todos sus extremos la RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N°054 – 2021 – GR.APURIMAC/GRDE de fecha 04 de noviembre del 2021, que declara procedente la solicitud ingresada por la administrada MARILUZ JARA GUISADO Identificada con DNI Nº 80144942; en representación de la Sra. PRUDENCIA FERNANDEZ DE AVALOS y en consecuencia se rectifica el error material en el instrumento del título de propiedad Rural emitido por el ex PETI, respecto del predio que se encuentra asignado con la unidad catastral Nº06571 inscrita en la partida electrónica 03003724 de los Registros Públicos de Abancay, debiendo ser lo correcto como se señala en el cuadro líneas arriba, predio identificado con la Unidad Catastral N°06571, del sector Uchupata ubicado en el distrito de Curahuasi de la provincia de Abancay del departamento de Apurímac, el numeral 201.1 del artículo 201 º de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, sobre Rectificarión de errores: «Los errores materiales o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión», para fines de su inscripción en el Registro públicos de propiedades, en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. ( VER PDF )