SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR, la ASIGNACIÓN DE FONDOS POR LA MODALIDAD VÍA ENCARGO, a favor de la Unidad Operativa (U.O 401414), de la Gerencia Sub Regional de Grau, para la Ejecución Fisica del Proyecto de Inversión denominada: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LAS IEI 670 RATCAY, IEI 207 MOLLEPINA, IEI 024 CURPAHUASI, IEI. 196 CCOTRO, IEI 112 CHAPIMARCA, IEI 201 MARQUECCA, DE LQS DISTRITOS DE CURPAHUASI Y CHUQUIBAMBILLA, PROVINCIA DE GRAU – REGION APURIMAC», con Codigo Unico de Inversiones Nº 2234552, montos que comprenden para la continuidad de la ejecución física de los Sub Proyectos: 1) «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. Nº 670 RATCAY, DISTRITO DE CURPAHUASI- GRAU – APURIMAC», por el importe de S/. 640,000.00 soles, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados en el tipo de recurso 18-27 SUB CUENTA – FONCOR-LEY 31069 correlativo de la Sub Meta 0175-2022. 2) Sub Proyecto: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE LA I.E.I. Nº 207 MOLLEPIÑA, DISTRITO DE CURPAHUASI – GRAU- APURIMAC», por el importe de S/ 660,000.00 soles, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados en el tipo de recurso 18-27 SUB CUENTA- FONCOR- LEY 31069 correlativo de la Sub Meta 0176-2022; precisando los montos y las partidas específicas, de acuerdo al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER, a la Unidad Operativa de la Gerencia Sub Regional de Grau, a través del Funcionario de mayor jerarquía es el responsable del Manejo de los Fondos Materia del «Encargo Otorgado», precisando que el monto señalado en el artículo precedente será destinado única y exclusivamente para la ejecución del proyecto programado, debiendo presentar la rendición de cuenta documentada, conforme establece la Directiva N° 02-2010-GR-APURIMAC/GG, denominada, «Manejo de Fondos por la Modalidad de Encargos«, por parte de las Unidades Desconcentradas o Unidades Operativas, bajo responsabilidad, debiendo tener presente que los comprobantes de pago que sustenten la ejecución del gasto, deben ser emitidos a nombre del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTICULO TECERO: DETERMINAR, que la aprobación de la Sexta Transferencia Vía encargo a favor de la Unidad Operativa (U.O 401414), de la Gerencia Sub Regional de Grau, es de CARACTER NETAMENTE FINANCIERO, siendo que la transferencia financiera quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR, la presente resolución a la Gobernación Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Sub Gerencia de Presupuesto, Gerencia Sub Regional de Grau, Dirección Regional de Administración y demás sistemas administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento, acciones y fines de Ley. ( VER PDF )