SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el CESE DEFINITIVO de la Carrera Administrativa, por causal de límite de setenta (70) años de edad, del servidor BENITO ABAD SOTOMAYOR BAUTISTA, nombrado bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Técnico en Seguridad 111, Nivel Remunerativo STA, Plaza Nº 193 de la Sub Gerencia de Servicios y Equipo Mecánico del Gobierno Regional de Apurímac, haciéndole extensivo el agradecimiento por los importantes servicios prestados al Estado y al Gobierno Regional de Apurímac, dicha acción administrativa de personal en cumplimiento de lo establecido por el Literal a) Artículo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concordante con el Literal a) Artículo 186º del Decreto Supremo Nº 005–90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa del Sector Público, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en estricta observancia de la Ley y su Reglamento.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER, que el servidor inmerso en la presente resolución realice la entrega formal de cargo de manera documentada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER, al Área de Remuneraciones, Beneficios y Pensiones de la Oficina de Recursos Humanos, a fin de que realice el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de conformidad con el Numeral 4.5 Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 420-2019-EF, equivalente al 100% del MUC correspondiente al nivel remunerativo al momento del cese, por cada año de servicios y de manera proporcional por los meses y días de servicios efectivamente prestados, su entrega deberá realizarse de oficio al momento del cese del servidor.
ARTÍCULO CUARTO.- DECLARAR VACANTE, la plaza Nº 193 del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Apurímac.
ARTÍCULO QUINTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las Instancias correspondientes del Gobierno Regional de Apurímac, al legajo personal y notificar al servidor comprendido para su conocimiento y fines. ( VER PDF )