SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, a partir de la fecha EL CAMBIO DE MO,DALIDAD DE EJECUCIÓN INDIRECTA (CONTRATA) A LA MODALIDAD DE EJECUCION POR ADMINISTRACION DIRECTA, del Proyecto de Inversión Pública denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL CETPRO DE CHINCHEROS, DISTRITO DE CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC», con Código Unificado de Inversiones Nº 2127740, con un Presupuesto total actualizado de S/. 15,306,142.69 (Quince Millones Trescientos Seis Mil Ciento Cuarenta y Dos con 69/100)., con un plazo de ejecución del proyecto: 09 meses (270 días calendarios), contando con un (01) folder con 062 folios, los mismos que forman parte integrante de la presente resolución, conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución y de acuerdo COI) los detalles técnicos contenidos en el Expediente materia de aprobación; teniendo un PRESUPUESTO ANALITICO y el COSTO BAJO MODALIDAD DE ADMINISTRACION DIRECTA según los siguientes cuadros. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la UNIDAD EJECUTORA DE INVERSIÓN de esta entidad, se encargue de realizar las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL CETPRO DE CHINCHEROS, DISTRITO DE CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC«, con Código Unificado de Inversiones Nº 2127740, conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO: DEJAR SIN EFECTO, todo acto resolutivo que se oponga a la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR, que el presente acto resolutivo no implica convalidación de los actos o acciones realizadas que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO QUINTO: ESTABLECER que la aprobación del Expediente Técnico por cambio de Modalidad de Administración Indirecta a la Modalidad de Administración Directa, corresponde al proyecto de inversión pública: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL CETPRO DE CHINCHEROS, DISTRITO DE CHINCHEROS, PROVINCIA DE CHINCHEROS, REGION APURIMAC» con Código Unificado de Inversiones N° 2127740, es de CARACTER EMINENTEMENTE TECNICO, en virtud de los informes técnicos y opiniones favorables de procedencia y de la Sub Gerencia de Obras, Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Sub Gerencia de Equipo Mecánico, quienes han verificado el sustento en base a los argumentos técnicos y presupuestales expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo; quedando supeditada su ejecución al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y financiamiento;
ARTÍCULO SEXTO: DETERMINAR, que, en el caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el expediente técnico aprobado, la responsabilidad recae directamente en los profesionales que emitieron los documentos de carácter técnico,
ARTÍCULO SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia General Regional a la Dirección Regional de Supervisión, liquidaciones y transferencias de Proyectos de Inversión, a la Sub Gerencia de Obras, Sub Gerencia de Estudios Definitivos y Sub Gerencia de Equipo Mecánico, y demás instancias para los fines de conocimiento, cumplimiento e implementación para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )