RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 001-2022-GR-APURIMAC.GRI

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febrero 22nd, 2022
RESOLUCIÓN GERENCIAL REGIONAL N° 001-2022-GR-APURIMAC.GRI
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01 del IOARR denominado: «RENOVACIÓN DE TECHADO PRE ARMADO Y SISTEMAS DE CIELO RASO; REPARACIÓN DE AMBIENTE PARA COMEDOR; CONSTRUCCIÓN DE COBERTURA; EN EL (LA) 1.E. FRANCISCO BOLOGNESI – ABANCAY EN LA LOCALIDAD ABANCAY, DISTRITO DE ABANCAY, DEPARTAMENTO DE APURIMAC», con Código Unificado Nº 2443596, por un periodo de 169 días calendarios, comprendido a partir del 06 de agosto del 2021 al 21 de enero del 2022, siendo la fecha de término reprogramado el 21/01/2022, ello con la finalidad de cumplir con las metas propuestas en el Proyecto, bajo el sustento de los informes técnicos de vistos y fundamentos de hecho y derecho expuestos en el presente acto resolutivo, con el siguiente detalle. (…)

ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen  dentro de la normatividad aplicable  al caso concrete.

ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación de la AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 01 del mencionado proyecto, es de carácter EMINENTEMENTE TECNICO; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.

ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que en caso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el mencionado Expediente de AMPLIACION DE PLAZO Nº 01; la responsabilidad recae directamente en el Residente de Obra Ing. Dilvia Portocarrero Quino y Supervisor de Obra Ing. Edwin Meza Tintaya, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.

ARTÍCULO QUINTONOTIQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables de dicho proyecto de inversión para su conocimiento y fines de Ley.

ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.reqionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

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