SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.– DECLARAR INFUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto por los administrados, Darcy Abuhadba Hoyos, Clímaco Guillermo Camargo Alata, Héctor Gamarra Luna, Marisa Lady lparraguirre Portugal, Lourdes Janet Espinoza Salcedo, Wilbert Medrano Llerena, Velia Patricia Pinto Batallanos, Concepción Valdiglesias Contreras, Juana Victoria Zegarra Allcca, Raúl Vicente Mendoza Alve, Augusto Rosalio Trujillo Ferro, y Grisela María Barrera Barrera, contra la Resolución Directoral Regional Nº 181–2021–GR-APURIMAC/DRA, de fecha 08 de noviembre de 2021, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, CONFIRMAR en todos sus extremos la resolución materia de cuestionamiento. Quedando agotada la vía administrativa, conforme establece el artículo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Dirección Regional de Administración, a la Oficina de Recursos Humanos y Escalafón, y a los interesados, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO.- PUBLICAR, la presente Resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac: www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. (VER PDF )