SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico de AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 04 de Ejecución de Obra, por Casos Fortuitos o de Fuerza Mayor y Limitaciones o demoras en la disposición de los recursos financieros del proyecto en fase de ejecución denominado: «MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA INSTITUCION EDUCATIVA INTEGRADA VILLA GLORIA DE NIVEL PRIMARIO Nº 54009 Y NIVEL SECUNDARIO VILLA GLORIA DEL DISTRITO DE ABANCAY, PROVINCIA DE ABAN CAY REGIÓN DE APURIMAC«, con Código Unificado Nº 2234407, por un periodo de 135 días calendarios, comprendido a partir del 17 de octubre del 2021 al 28 de febrero del 2022, siendo la fecha de término reprogramado el 28/02/2022, el mismo que contiene 215 folios, de acuerdo a los fundamentos de hecho y derecho expuestos en la parte considerativa del presente acto resolutivo, conforme al siguiente detalle. (…)
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que la presente Resolución no implica convalidación de los actos o acciones realizadas o por realizarse que no se enmarquen dentro de la normatividad aplicable al caso concreto.
ARTÍCULO TERCERO: ESTABLECER, que la aprobación de la AMPLIACIÓN DE PLAZO Nº 04 de Ejecución de Obra por Casos Fortuitos o de Fuerza Mayor mencionado, es de carácter eminentemente Técnico; siendo que la ejecución del Proyecto quede supeditada al cumplimiento de la normatividad vigente en cuanto a su priorización y Financiamiento.
ARTÍCULO CUARTO: DETERMINAR, que encaso de existir omisiones, errores, deficiencias, transgresiones técnicas en el mencionado Expediente de AMPLIACION DE PLAZO Nº 04 de Ejecución de Obra; la responsabilidad recae directamente en el Residente de Obra Ing. Juan José Aymara Palomino e Inspector/Supervisor de Obra lng. Marco Antonio Morales Holguin, cuya responsabilidad se extiende hasta la culminación de la misma.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFÍQUESE, con la presente resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura, a la Dirección Regional de Supervisión, Liquidaciones y Transferencia de Proyectos de Inversión y a los responsables de dicho proyecto de inversión – Residente de Obra Ing. Juan José Aymara Palomino e Inspector/Supervisor de Obra lng. Marco Antonio Morales Holguin, para su conocimiento y fines de Ley.
ARTÍCULO SEXTO: PUBLÍQUESE, la presente resolución en la página Web del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )