RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 741-2021-GR-APURIMAC.GG

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febrero 16th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N 741-2021-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.· DAR CUMPLIMIENTO, al mandato judicial contenido en la Resolución Nº 09(Sentencia) de fecha 23 de marzo del 2021, Resolución Nº 14 (Sentencia de Vista) 22 de setiembre del 2021  y Resolución Nº 16 (Auto de Requerimiento) 26 de noviembre del 2021 del  Expediente Judicial Nº 001142020·00301JRLA-02, incoado por ALEJANDRO REYNOSO CCAHUANA sobre el pago de reintegros por subsidio por luto y gastos de sepelio, tramitado ante el Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Apurímac.

ARTICULO SEGUNDO.· DECLARAR FUNDADO, el recurso administrativo de apelación interpuesto, por ALEJANDRO REYNOSO CCAHUANA contra la Resolución Directoral Regional N° 1968- 2019-DREA de fecha veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve.en consecuencia RECONOCER el pago del subsidio por luto, en base a dos remuneraciones totales o integras (por cada uno de sus progenitores), que percibía a la fecha de fallecimiento de su señor padre (ocho de agosto de mil novecientos noventa y cuatro) y su señora madre (cinco de setiembre del dos mil dos), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso, más los intereses legales, previa liquidación administrativa y el pago de los subslclos  por gastos de sepelio, en base a dos remuneraciones (o pensiones) totales o íntegras cada uno, (por cada uno de sus progenitores), que percibía  a la fecha de fallecimiento de su señor  padre (ocho de agosto de mil novecientos noventa y cuatro) y su señora madre (cinco de setiembre del dos mil dos), con la deducción de lo ya pagado de ser el caso; más los intereses legales, previa liquidación administrativa. Para cuyo efecto AUTORÍCESE a la Dirección Regional de Educación Apurímac cumpla con  la acción administrativa correspondiente para este  fin  EN  ESTRICTO CUMPLIMIENTO AL MANDATO JUDICIAL

ARTICULO TERCERO.· REMITIR, los actuados a la Dirección Regional de Educación Apurímac, por corresponder para su conocimiento, y dar estricto cumplimiento al mandato judicial antes señalado y el presente acto resolutivo, debiendo emitir en aplicación de lo dispuesto por el numeral 45.2 del Articulo 45 del TUO de la Ley N° 27584 «Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo modificado por el D. S. Nº 011-2019-JUS».

ARTICULO CUARTO.· ENCARGAR, a la Secretaría General NOTIFICAR con el presente acto administrativo, a la Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia General Regional, Dirección Regional Educación Apurímac, Procuraduría Pública Regional, al Juzgado de Trabajo de Abancay informando sobre el cumplimiento de lo ordenado, a la parte interesada, y demás sistemas administrativos que corresponda del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento y fines.

ARTICULO QUINTO.· DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal electrónico del Gobierno Regional de Apurímac, www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ( VER PDF )

 

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