RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 003-2022-GR-APURIMAC.GG

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enero 20th, 2022
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 003-2022-GR-APURIMAC.GG
Descripción:

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR INFUNDADOel  recurso de apelación interpuesto por la Empresa Ingeniería de Diagnóstico  Clínico S.A.C., contra el otorgamiento de la buena pro a favor del Postor Diagnóstica Peruana S.A.C., en el marco del procedimiento de selección  Adjudicación Simplificada AS-SM-111-2021- GRAP-1, para la Adquisición e Instalación de Gases Electrolitos y Metabolitos para la Ejecución del IOARR Código Nº 2444408 «Remodelación del Bloque de Infraestructura; Adquisición de Equipo de Hemodiálisis y Equipamiento de Centro de Control y Monitoreo; en el (la)  EE SS Hospital Regional Guillermo Diaz de la Vega- Abancay – en la localidad de Abancay, Distrito de Abancay,  Provincia de Abancay, Departamento deApurímac», en  mérito a  los fundamentos expuestos en la  parte considerativa de la presente resolución. En consecuencia, corresponde.(…)

ARTÍCULO SEGUNDO: SE DISPONE, que el Órgano  Encargado de  las Contrataciones a cargo de  la conducción del Procedimiento de Selección  Adjudicación Simplificada  N° AS-SM-82-2021-GRAP-1  (Primera Convocatoria), realicen las acciones administrativas pertinentes del procedimiento, conforme a lo dispuesto por a normativa de contrataciones del estado.

ARTÍCULO TERCERO: EJECUTAR, la garantía presentada por el impugnante por la interposición de su recurso de apelación, de conformidad al artículo 132º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.

ARTÍCULO CUARTO: SE DISPONE, se devuelva el  expediente de contratación del presente procedimiento de selección, a la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes  (OEC), para su custodia y acciones conforme a lo dispuesto por la normativa de contrataciones del estado.

ARTÍCULO QUINTO: SE DISPONE, que la Oficina de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, publique en el día, la presente resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) del OSCE, conforme a ley.

ARTÍCULO SEXTO: SE DISPONE, la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Regional de Apurímac www.regionapurimac.gob.pe, de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO SEPTIMO: NOTIFIQUESE, con la presente Resolución a la Gerencia Regional de Infraestructura; Dirección Regional de Administración; Oficina Regional de Abastecimiento, Patrimonio y Margesí de Bienes, Oficina de Tesorería y demás sistemas  administrativos del Gobierno Regional de Apurímac, para su conocimiento, cumplimiento y fines de ley que amerite por corresponder  de acuerdo a su competencia. ( VER PDF )

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