SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. DECLARAR PROCEDENTE, la solicitud ingresada por JACINTO JUNCO CCORISONCCO, signado con número de Expediente N° 0156 – 2018 y en consecuencia de CONOCER LA PERSONERIA JURIDICA DE LA COMUNIDAD CAMPESINAS DE «SAN JUAN DE MIRAFLORES«, ubicado en el distrito de Andarapa, provincia de Andahuaylas Región Apurímac, de conformidad con la Ley N°24656, Ley General de Comunidades Campesinas y su Reglamento, el D.S. 008 – 91 – TR, para los fines de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
ARTICULO SEGUNDO. ANEXAR, la presente Resolución al expediente principal que se encuentra en custodia del Área del Archivo de la Sub Gerencia de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Rural. NOTIFIQUESE CONFORME A LEY, con la presente Resolución a los interesados para su conocimiento y fines de Ley.
ARTICULO TERCERO: SE DISPONE, la publicación de la presente Resolución Gerencial Regional por termino de Ley EN LA PAGINA Web del Gobierno Regional de A purímac, www.regionapurimac.gob.pe de conformidad y en cumplimiento a lo prescrito en la Ley N°27444 Ley de Procedimiento Administrativos General. H.S. ( VER PDF )